La Pensión no Contributiva de Invalidez asegura a los ciudadanos con una discapacidad o enfermedad crónica incapacitante en grado igual o superior al 65% que no hayan cotizado nunca o lo hayan hecho de forma insuficiente para alcanzar la Pensión Contributiva. Esta pensión consta de una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios.
El principal requisito para ser beneficiario de esta pensión es carecer de ingresos suficientes, entendiendo por esto que, anualmente, ingresemos menos de 5.488€. En el caso de que vivamos en una unidad familiar, el baremo es distinto atendiendo al número de miembros que la compongan y el grado de consanguinidad existente entre ellos:
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NÚMERO DE CONVIVIENTES |
EUROS/AÑO |
Si convive sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado (hermano-hermana, nieto-nieta o abuelo-abuela) |
2 |
9.329,60 € |
3 |
13.171,20 € |
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4 |
17.012,80 € |
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5 |
20.854,40 € |
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Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de primer grado (padres y madres o hijos e hijas) |
2 |
23.324,00 € |
3 |
32.928,00 € |
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4 |
42.532,00 € |
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5 |
52.136,00 € |
El solicitante debe tener entre 18 y 65 años de edad; a partir de los 65 se dejaría de percibir la pensión de invalidez y se pasaría a la pensión no contributiva de jubilación. También debe residir en territorio español o haberlo hecho durante al menos 5 años, de los cuáles 2 deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
Destacar que si el solicitante no tiene una vivienda en propiedad, sino que vive de alquiler, a esta prestación se le suma un complemento para vivienda.
Modelo de solicitud: https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/complementovivienda_2019.pdf
Puede presentarse en las Delegaciones Territoriales de Servicios Sociales de la Junta de Andalucía o en los Servicios Sociales del Ayuntamiento donde resida legalmente.